#1 #1 psigma dijo: ¿Es así de verdad? Pues una memez es lo que me parece.#6 #6 viblios dijo: #1 @psigma en realidad no, el alcohol no es un atenuante para nada, tu eras consciente cuando lo tomaste, no voy a estar con rollos juridicos sobre el tema porque...porque toy gandul hoy xD pero no, es extremadamente dificil y muy raro que lo den como atenuante.
Igual que los celos en un crimen pasional, excepto en paises de latinoamerica, por ejemplo Venezuela donde si un hombre (asi lo señala expresamente su codigo penal) pilla a su mujer con su amante y éste mata a uno o ambos, no será condenado como reo de homicidio si no que solo se le castigara con 2-3 años de carcel. Y si el padre o el abuelo pilla a la hija o nieta menor de edad manteniendo relaciones sexuales en su domicilio, no podra matar al amante bajo pena de MULTA#9 #9 tristevida dijo: #5 @quecomienceljuego Ni el alcohol es un atenuante en los casos de los hombres ni deja de serlo en el caso de una mujer, ni he querido abrir ningún debate contigo, ni estoy a favor de la violencia de ningún tipo. No sé a dónde quieres llegar conmigo, ni qué tiene de especial mi comentario, pues no he dicho nada que no sea cierto.Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."
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#17 #17 hearts dijo: #1 #6 #9 Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."@hearts Si es un atenuante, pero eso de distinguir entre hombres y mujeres es una chorrada que se ha inventado #0
#7 #7 paquilo dijo: En este caso yo diría lo que dice @toaster
Heteronormativo.@paquilo Por favor, citadme bien, que no me gusta no enterarme de cuando habláis de mí.
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#5 #5 quecomienceljuego dijo: #4 @tristevida Y? ¿Ha dicho lo contrario o hablado de todos? Que digo yo que si hay hdp así, habrá que empezar a hacer algo, que porque haya "subnormales" en todos lados no hay porque dejar que sigan con sus mierdas y mucho menos cuando esas mierdas provocan violaciones, acusaciones a la víctima y demás porquerias, que no hablamos de cualquier tontería.@quecomienceljuego Ni el alcohol es un atenuante en los casos de los hombres ni deja de serlo en el caso de una mujer, ni he querido abrir ningún debate contigo, ni estoy a favor de la violencia de ningún tipo. No sé a dónde quieres llegar conmigo, ni qué tiene de especial mi comentario, pues no he dicho nada que no sea cierto.
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#6 #6 viblios dijo: #1 @psigma en realidad no, el alcohol no es un atenuante para nada, tu eras consciente cuando lo tomaste, no voy a estar con rollos juridicos sobre el tema porque...porque toy gandul hoy xD pero no, es extremadamente dificil y muy raro que lo den como atenuante.
Igual que los celos en un crimen pasional, excepto en paises de latinoamerica, por ejemplo Venezuela donde si un hombre (asi lo señala expresamente su codigo penal) pilla a su mujer con su amante y éste mata a uno o ambos, no será condenado como reo de homicidio si no que solo se le castigara con 2-3 años de carcel. Y si el padre o el abuelo pilla a la hija o nieta menor de edad manteniendo relaciones sexuales en su domicilio, no podra matar al amante bajo pena de MULTA@viblios
La que sí es de traca es la nueva ley aprobada en Rusia a cuenta del maltrato.
#17 #17 hearts dijo: #1 #6 #9 Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."Menos mal que llegó alguien para disipar esta tontada.
El alcohol claro que es una atenuante, aunque lo mas triste es la atenuante por drogas, que se aplica mucho.
Pero lo que quiere decir el TQD, creo yo que es desde el punto de vista de la sociedad, que en el caso del hombre, si va borracho, nunca es una agravante, al reves, se le perdona un poco por perder el juicio.
Las victimas borrachas, que haya coqueteado con chicos o que vistan provocativas, suelen ser las mas atacadas en cuanto a la credibilidad de su testimonio, y se suele decir: claro así vestida... o si se emborracha sola en un bar y se queda seminconsciente... pues normal que le haya pasado.
Aunque yo creo que esto cada vez se da menos desde luego, pero en gente mayor aún se escucha.@megustanlosfindes puede ser, entonces la autora no se expreso correctamente, y se refiera desde un punto de vista social. Ahi estoy de acuerdo en parte sí y en parte no, pero es un tema complicado para generalizar y hay que mirar caso por caso. Por cierto, ahora que has nombrado lo de las drogas, es cierto que en los tribunales de menores estan empezando a considerar la adicción a las nuevas tecnologias (videojuegos, moviles, etc) como si fuera una droga? (yo me especializo en derecho mercantil, no penal, y por lo que tu cuentas, creo que tu vas a la inversa que yo)
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#20 #20 costo dijo: Ante un delito, si la persona que lo comete se emborracha adrede para cometerlo es una agravante. Pero si estando borracho, sin haberlo querido, comete un delito es un atenuante; Esto es una forma simple para que veas como funciona el sistema, ahora toca investigar si realmente el delincuente quiso emborracharse para cometerlo o no. La justicia analiza y estudia muchas variables que mucha gente no entiende o no quiere entender. @costo En el artículo 22 del código penal están todas las agravantes y no se encuentra esa. O al menos no como tal. Podría incluirse en la alevosía si tienes la intención de provocar un delito como un accidente de tráfico y para ello bebes. La verdad es que no sé como se trataría ese asunto, pero es practicamente imposible saber si actuabas con dolo o sin él al momento de beber. Por ello creo que sería o atenuante o se aplicaría la pena normal. Pero ni idea en ese aspecto...
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#8 #8 paquilo dijo: #6 @viblios
La que sí es de traca es la nueva ley aprobada en Rusia a cuenta del maltrato.@paquilo mira, en eso no me meto, he escuchado tambien que hay una gran parte de mentiras sobre el tema y en AVE algo sobre ello se publico, asi que como no me he informado por mi cuenta en profundidad, no dire nada. #17 #17 hearts dijo: #1 #6 #9 Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."@hearts que hiciste? copiaste un articulo y no lo leiste palabra por palabra cuando no me quita la razón? que te dice exactamente? "cuando no podias preveerlo". Una persona capaz antes de beber puede preveer que beber alcohol implica emborracharse, si tomas una sustancia desconocida por ti, como un medicamente, no se puede preveer. Lee más doctrina y jurisprudencia sobre el tema que es mas esclarecedor. En penal siemrpe esta el tipico caso de laboratorio de "hombre se emborracha y mata a una persona". Y pro cierto, me has puesto las EXIMENTES, no las atenuantes
Ante un delito, si la persona que lo comete se emborracha adrede para cometerlo es una agravante. Pero si estando borracho, sin haberlo querido, comete un delito es un atenuante; Esto es una forma simple para que veas como funciona el sistema, ahora toca investigar si realmente el delincuente quiso emborracharse para cometerlo o no. La justicia analiza y estudia muchas variables que mucha gente no entiende o no quiere entender.
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#17 #17 hearts dijo: #1 #6 #9 Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."@hearts No he dicho que no sea atenuante en ningún caso. He especificado que en ese caso, no es un atenuante para un sexo y deja de serlo para otro.
#32 #32 viblios dijo: #29 @megustanlosfindes puede ser, entonces la autora no se expreso correctamente, y se refiera desde un punto de vista social. Ahi estoy de acuerdo en parte sí y en parte no, pero es un tema complicado para generalizar y hay que mirar caso por caso. Por cierto, ahora que has nombrado lo de las drogas, es cierto que en los tribunales de menores estan empezando a considerar la adicción a las nuevas tecnologias (videojuegos, moviles, etc) como si fuera una droga? (yo me especializo en derecho mercantil, no penal, y por lo que tu cuentas, creo que tu vas a la inversa que yo)@viblios
Pues ni idea, yo estoy en penal, pero los juzgados de menores van a parte. (Yo estoy en uno de violencia), pero tengo una amiga en fiscalia de menores, le preguntaré por casualidad y si me acuerdo te cuento :) pero vamos no me extrañaria, aunque sino viene especificado en la ley no se como lo haran, la ley del menor da mucha libertad en las sentencias eso si.
Pásanos el art. del CP o jurisprudencia donde recoja tal memez que te acabas de inventar anda...si eres española, claro, si eres de otro país desconozco la legislación al respecto
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#31 #31 quecomienceljuego dijo: #28 @ivan_dravo Aaii, el nene ha aprendido a decir palabrotas, que mono!! :DQue ladras?
#11 #11 quecomienceljuego dijo: #9 @tristevida jaajaj tranqui, no te estoy acusando de nada, solo digo que eso de que hay subnormales en todos lados ya se sabe, no hay que remarcarlo siempre que se habla de X caso (y no digo que tu lo digas siempre, solo que siempre hay alguien que lo comenta como si no se supiera o la otra persona dijera lo contrario)
#10 @persone Si no recuerdo mal, hace tiempo dije que me molaría que durante X tiempo se permitiera matar. No mencioné nada de vaciar la mitad de las cárceles (que yo recuerde) y si lo dije me corrijo y digo que no debería haber cárceles, son demasiado gasto. Aunque puede que te equivoques de persona y te refieras a otra conversación. @quecomienceljuego Sí, era algo así.
Igual que los celos en un crimen pasional, excepto en paises de latinoamerica, por ejemplo Venezuela donde si un hombre (asi lo señala expresamente su codigo penal) pilla a su mujer con su amante y éste mata a uno o ambos, no será condenado como reo de homicidio si no que solo se le castigara con 2-3 años de carcel. Y si el padre o el abuelo pilla a la hija o nieta menor de edad manteniendo relaciones sexuales en su domicilio, no podra matar al amante bajo pena de MULTA#9 #9 tristevida dijo: #5 @quecomienceljuego Ni el alcohol es un atenuante en los casos de los hombres ni deja de serlo en el caso de una mujer, ni he querido abrir ningún debate contigo, ni estoy a favor de la violencia de ningún tipo. No sé a dónde quieres llegar conmigo, ni qué tiene de especial mi comentario, pues no he dicho nada que no sea cierto.Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."@hearts Si es un atenuante, pero eso de distinguir entre hombres y mujeres es una chorrada que se ha inventado #0
Heteronormativo.@paquilo Por favor, citadme bien, que no me gusta no enterarme de cuando habláis de mí.
Igual que los celos en un crimen pasional, excepto en paises de latinoamerica, por ejemplo Venezuela donde si un hombre (asi lo señala expresamente su codigo penal) pilla a su mujer con su amante y éste mata a uno o ambos, no será condenado como reo de homicidio si no que solo se le castigara con 2-3 años de carcel. Y si el padre o el abuelo pilla a la hija o nieta menor de edad manteniendo relaciones sexuales en su domicilio, no podra matar al amante bajo pena de MULTA@viblios
La que sí es de traca es la nueva ley aprobada en Rusia a cuenta del maltrato.
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."Menos mal que llegó alguien para disipar esta tontada.
El alcohol claro que es una atenuante, aunque lo mas triste es la atenuante por drogas, que se aplica mucho.
Pero lo que quiere decir el TQD, creo yo que es desde el punto de vista de la sociedad, que en el caso del hombre, si va borracho, nunca es una agravante, al reves, se le perdona un poco por perder el juicio.
Las victimas borrachas, que haya coqueteado con chicos o que vistan provocativas, suelen ser las mas atacadas en cuanto a la credibilidad de su testimonio, y se suele decir: claro así vestida... o si se emborracha sola en un bar y se queda seminconsciente... pues normal que le haya pasado.
Aunque yo creo que esto cada vez se da menos desde luego, pero en gente mayor aún se escucha.@megustanlosfindes puede ser, entonces la autora no se expreso correctamente, y se refiera desde un punto de vista social. Ahi estoy de acuerdo en parte sí y en parte no, pero es un tema complicado para generalizar y hay que mirar caso por caso. Por cierto, ahora que has nombrado lo de las drogas, es cierto que en los tribunales de menores estan empezando a considerar la adicción a las nuevas tecnologias (videojuegos, moviles, etc) como si fuera una droga? (yo me especializo en derecho mercantil, no penal, y por lo que tu cuentas, creo que tu vas a la inversa que yo)
La que sí es de traca es la nueva ley aprobada en Rusia a cuenta del maltrato.@paquilo mira, en eso no me meto, he escuchado tambien que hay una gran parte de mentiras sobre el tema y en AVE algo sobre ello se publico, asi que como no me he informado por mi cuenta en profundidad, no dire nada.
#17 #17 hearts dijo: #1 #6 #9 Art 20 CP Español: "Están exentos de responsabilidad penal: 2.º El que al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión."
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."@hearts que hiciste? copiaste un articulo y no lo leiste palabra por palabra cuando no me quita la razón? que te dice exactamente? "cuando no podias preveerlo". Una persona capaz antes de beber puede preveer que beber alcohol implica emborracharse, si tomas una sustancia desconocida por ti, como un medicamente, no se puede preveer. Lee más doctrina y jurisprudencia sobre el tema que es mas esclarecedor. En penal siemrpe esta el tipico caso de laboratorio de "hombre se emborracha y mata a una persona". Y pro cierto, me has puesto las EXIMENTES, no las atenuantes
Art 21: "Son circunstancias atenuantes: 2.ª La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2.º del artículo anterior."@hearts No he dicho que no sea atenuante en ningún caso. He especificado que en ese caso, no es un atenuante para un sexo y deja de serlo para otro.
Pues ni idea, yo estoy en penal, pero los juzgados de menores van a parte. (Yo estoy en uno de violencia), pero tengo una amiga en fiscalia de menores, le preguntaré por casualidad y si me acuerdo te cuento :) pero vamos no me extrañaria, aunque sino viene especificado en la ley no se como lo haran, la ley del menor da mucha libertad en las sentencias eso si.
#10 @persone Si no recuerdo mal, hace tiempo dije que me molaría que durante X tiempo se permitiera matar. No mencioné nada de vaciar la mitad de las cárceles (que yo recuerde) y si lo dije me corrijo y digo que no debería haber cárceles, son demasiado gasto. Aunque puede que te equivoques de persona y te refieras a otra conversación.
@quecomienceljuego Sí, era algo así.
Heteronormativo.